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Nueva obligación para beneficiarios de prestaciones por desempleo

Nueva obligación para beneficiarios de prestaciones por desempleo

El Real Decreto-ley 2/2024, presentado en mayo y en vigor a partir del 1 de noviembre de 2024, introduce una importante novedad: los solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo estarán obligados a presentar la declaración de la Renta para seguir cobrando estas ayudas.

Esta medida aplica desde la declaración de la Renta 2024, que se realizará en 2025, y será un requisito incluso si no se alcanza el umbral de ingresos que obliga a declarar.

¿Qué implica esta nueva obligación?

Suspensión del paro si no se declara:

La prestación se suspenderá si no presentas la declaración en los plazos establecidos, según lo dispuesto en la normativa tributaria aplicable.

No afecta la Ley del IRPF:

No es un cambio fiscal. Hacienda no penalizará si no tienes obligación de declarar por tus ingresos, pero el SEPE sí exigirá la declaración para mantener el derecho a las prestaciones.

Similitudes con el ingreso mínimo vital (IMV):

Como sucede con los beneficiarios del IMV, presentar la declaración es un requisito administrativo, aunque el ingreso no sea elevado ni esté sujeto a tributación.

Impacto económico para los beneficiarios

Si sale a devolver: Puede ser ventajoso declarar si tienes derecho a deducciones o retenciones excesivas.

Si sale a pagar: En este caso, la obligación de declarar podría generar un impacto económico no previsto para quienes no estaban obligados a hacerlo antes.

¿Quién está actualmente exento de declarar?

Ingresos por rendimientos del trabajo de hasta 22.000 € anuales con un único pagador.

Ingresos de hasta 15.000 € con varios pagadores (salvo excepciones como pensiones compensatorias o rendimientos sin retención).

Nota: Aunque estos umbrales se mantengan, la obligación de declarar para mantener el paro será independiente de ellos.

💡 Conclusión: Si estás cobrando el paro, asegúrate de presentar tu declaración en 2025. Aunque no implique penalización por parte de Hacienda, evitarás la suspensión de la prestación

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Le Vack & Marin

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